25/04/2024

El estado se ha comido la mitad de tu galleta.
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Con esta sencilla afirmación explico a mi hijo en qué consisten los impuestos.

Esta semana empieza la campaña del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF). Hace menos de un mes la noticia de moda fue el traslado de la residencia fiscal a Andorra de una serie de profesionales liberales cuya actividad económica es de YouTuber (el presentador moderno de la actualidad, un creador de contenidos audiovisuales). Así que en la columna de hoy vamos a intentar tratar este tema sin que salten las alarmas en la agencia tributaria del estado y me carguen en inspección.

Si uno busca en internet cuántos días al año trabajamos para pagar impuestos, veremos que las entradas son muchas y muy variadas. Ahora bien, si nos fijamos un poco más, veremos que “el día de la liberación fiscal” ha modificado su fecha a medida que avanzan los años. A título de ejemplo: en el año 2012 fue el 23 de mayo; en el año 2016, 4 de julio en Castilla La Mancha y Cantabria, el 28 de junio en Canarias o el 27 de junio en la Rioja. En Canarias, todo lo que trabajemos hasta el 28 de junio es para pagar impuestos. Esto debería hacernos pensar mucho y ser más exigentes con el destino que se da a ese dinero.

Como vemos, nuestra galleta, que hemos cocinado con nuestros medios y con nuestros esfuerzos se la va comiendo el estado cada año un porcentaje mayor.

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Más allá de esta cuestión de la cantidad, con la que “voluntariamente” contribuimos a nuestro estado de bienestar, tenemos otra cuestión: cómo entregamos nuestra galleta.  Este el tema que queremos desarrollar hoy a la vista de la polémica iniciada esta semana con los ERTES y el pagador múltiple. 

Cualquiera que haya visto o leído noticias sobre la campaña del IRPF debe haber apreciado la coletilla del estilo: aquellos que estén en el cobrando del SEPE deberán pagar sus impuestos al tener varios pagadores (su empleador y una administración pública). El problema surge cuando te/nos informan que el SEPE no hace retenciones y que, en consecuencia, el IRPF sale “a pagar”. ¿Qué sucede?

Sin ánimo de que esta columna sea técnica, la explicación es que tu empleador retiene parte de tu sueldo y lo ingresa por ti a las arcas públicas. Adelanta el pago de tus impuestos sin que tú/nosotros podamos hacer nada. De hecho, si no se practican las retenciones abrirán un interesante expediente para imponer una sanción por no practicarlas.

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 Es decir, tú estás pagando los impuestos de 2021 desde enero de 2020 a través de los adelantos que hace el empleador con las “retenciones”. Eso sí, lo adelantas gratis -sin intereses a tu favor-. 

¿Qué ha pasado este año? Expuesto de una manera sencilla: tú, abnegado contribuyente a quién le dicen que todo lo público es gratis, no has adelantado ese dinero porque el SEPE no practica las retenciones. Esto tiene dos consecuencias. Una buena, no has adelantado el pago de tus impuestos y has podido disfrutar del dinero. Una mala, tendrás que pagar tu impuesto de la renta porque “sale a pagar”.

Creo que esto va a tener un efecto de concienciación en el contribuyente asalariado que este año va a percibir con toda la dureza lo que los autónomos llamamos normalidad: pagar por trabajar. 

Es decir, tú trabajas y pagas. Esto venía sucediendo mientras el contribuyente medio asalariado celebra la campaña de la renta porque es el momento en que la AEAT “le devuelve dinero” que suele ser utilizado para disfrutar en vacaciones. 

Esta campaña va a suceder el efecto contrario: como no te han retenido, pagas. No recibes el maná del estado a última hora para las vacaciones, sino que, por estas duras cosas del destino tributario en el año que peor lo estamos pasando, el IRPF sale “a pagar”.

Para tranquilizar al lector, en la medida de lo posible, tienen que conocer que nuestro generoso Ministerio de Hacienda, además de planear la subida de varios impuestos y la creación de otros nuevos (anunciado esta semana del 12 de abril), aprobó una orden que establece el fraccionamiento en seis meses del pago del IRPF para afectados por el ERTE en 2020 -hayas cobrado el ERTE en plazo o no- por lo que, de momento, podremos aplazar el pago. 

En definitiva, el lector que haya estado en un ERTE debe saber que va a pagar los mismos impuestos que otros años. La diferencia consiste en que en el año 2019 le retenían una parte de su salario y se lo entregaba, por adelantado, el retenedor al estado. El SEPE no retiene con lo que va a tener que pagar lo que no se adelantó de modo previo.

Son formas diferentes de que el estado se coma tu galleta.

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