29/03/2024

Sanidad prorroga hasta el 31 de julio el control de pruebas COVID-19 a viajeros nacionales que lleguen a Canarias
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La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha ampliado hasta las 24 horas del sábado 31 de julio la realización de cribados para contener la transmisión del SARS-COV-2 mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los viajeros que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima.

Esta nueva prórroga es efectiva desde hoy, con la publicación de la Orden del consejero de Sanidad, Blas Trujillo, en el Boletín Oficial de Canarias de este lunes, y constituye de una medida necesaria para continuar con el control y contención de casos importados de coronavirus en viajeros procedentes de otros puntos del territorio nacional y mientras se acelera el ritmo de vacunación contra la COVID-19.

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Desde su implantación, el 18 de diciembre de 2020, el cribado mediante PDIA a los pasajeros que entran a Canarias desde el territorio nacional ha sido una medida efectiva para el control de la pandemia, con un 87 por ciento de viajeros que hanaportado una prueba negativa, lo que minimizado el riesgo de importación de nuevos casos y, por tanto, de provocar un incremento de la transmisión de la COVID-19 en Canarias.

Funcionamiento del dispositivo

Cuando un pasajero llega a Canarias procedente de otra región del territorio nacional, debe entregar un certificado de PDIA negativa en los puestos de control establecidos para tal efecto por la Consejería de Sanidad en los aeropuertos canarios que reciben vuelos nacionales.

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Los viajeros que realicen transbordo de aeropuerto entre islas deben acudir al control del primer aeropuerto en el que desembarquen para presentar su certificado de prueba diagnóstica negativa. Los viajeros que no presentaron el certificado, o que el mismo no fue validado, quedan identificados, registrados y son emplazados a realizar aislamiento hasta obtener el resultado negativo de una prueba diagnóstica en destino.

Las pruebas diagnósticas de infección activa admitidas, a elección del pasajero, son:

– PCR (RT-PCR de COVID-19).

– Test rápidos de detección de antígenos de SARS-CoV-2 con una especificidad de más del 97% y una sensibilidad de más del 80%, de acuerdo con la homologación correspondiente de un país de la Unión Europea o del espacio económico europeo.

– Amplificación Mediada por Trascripción (TMA) y otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes: LAMP (Amplificación Isotérmica de Transcriptasa inversa) NAAT (Amplificación de Ácidos Nucleicos).

Prueba gratuita

La Consejería de Sanidad recuerda que la prueba diagnóstica, tanto en origen comoen destino, será gratuita para los viajeros residentes en Canarias que procedan delresto del territorio nacional y realicen la prueba en los centros Eurofins Megalabconcertados por el Servicio Canario de la Salud para tal efecto. En los restantescasos, el pasajero asumirá el coste de la realización de la PDIA, que tendrá un precio especial en los centros concertados por el SCS.

Documentación acreditativa de la prueba

La documentación acreditativa de la prueba deberá ser el original, redactada enespañol, en formato papel o electrónico y debe indicar el nombre del viajero, número de pasaporte o DNI, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro sanitario autorizado que realiza la prueba, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.

En el supuesto de pruebas de antígenos deberá reflejar asimismo la especificidad y sensibilidad homologada. Los interesados o los laboratorios, previa autorización expresa de los interesados, remitirán los resultados analíticos por vía electrónica al Servicio Canario de la Salud, a la dirección pdiasviajes@gobiernodecanarias.org, con anterioridad a su llegada a Canarias.

En los supuestos de autorización expresa para el tratamiento de datos, la remisión de los resultados será obligación de los laboratorios. En los supuestos en los que no se otorgue dicha autorización expresa, la remisión de los resultados será obligación de los interesados, que deberán remitir la documentación acreditativa de la prueba a la dirección de correo electrónico señalada, haciendo constar en el asunto del correo el número de vuelo o travesía y la fecha de llegada del mismo.

Solicitud del resultado en destino

La Consejería de Sanidad dispone de un operativo de puntos de control Covid-19 en los seis aeropuertos canarios que operan con vuelos nacionales en los que se solicita la acreditación del resultado de la PDIA. En el supuesto excepcional de que el pasajero no se hubiera realizado la PDIA en las 72 horas previas a la llegada, sedeberá aislar en su residencia y realizarse una PDIA en las 72 horas siguientes a su llegada, debiendo remitir el resultado al SCS.

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El aislamiento deberá mantenerse hasta la obtención y remisión de pruebadiagnóstica negativa o, en su caso, el alta epidemiológica. Quienes no se realicen la PDIA, deberán guardar aislamiento en su residencia durante 10 días y quedanexpuestos a la sanción prevista.

Las agencias de viaje, los operadores turísticos y compañías de transporte aéreo omarítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a lospasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a Canarias, de las obligaciones derivadas de la Orden.

Pedir cita previa en origen

Se recuerda que el SCS ha suscrito un convenio con una red de laboratorios con 68 sedes en todo el territorio nacional y hay que pedir cita para la realización de la prueba en el laboratorio más cercano al domicilio al que se vaya a acudir o en el 911 087 080.

El viajero deberá presentar en el momento de realizar la prueba los documentos acreditativos impresos (bono de la prueba descargable en la web, fotocopia del DNI o certificado de residencia y fotocopia del comprobante del vuelo a las Islas).

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