29/03/2024

Las personas a las que se les venza el grado de discapacidad en Canarias no tendrán que renovarlo
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El Gobierno de Canarias ha acordado la prórroga automática de los plazos de vencimiento de las revisiones del grado de discapacidad reconocido con carácter temporal y sujeto a revisión obligatoria, en el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2021 hasta el final de los efectos de la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre.

Según Orden de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias, publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) con fecha de 25 de mayo, dicha prórroga del vencimiento de las revisiones del grado de discapacidad será de doce meses a contar desde la fecha en que se produzcan los respectivos vencimientos y afectará a todas las personas con discapacidad reconocida con residencia en Canarias.

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Dicha prórroga de doce meses se extenderá igualmente desde su vencimiento a las tarjetas de discapacidad de estacionamiento de carácter temporal que sean solicitadas por las personas en situación de movilidad reducida en relación con el uso y disfrute de los transportes privados.

Según se indica en la Orden, esta situación ha venido determinada por las restricciones de aforo para la atención de las personas usuarias de los Centros de Valoración debido a la situación de alerta sanitaria generada por el Covid-19.

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Hay que recordar que el retraso en la tramitación de los expedientes de renovación puede implicar que queden menguadas las posibilidades de las personas con discapacidad de integración educativa, laboral o social, así como el acceso a pensiones no contributivas de discapacidad, a la prestación familiar por hijo a cargo, a la tarjeta de aparcamiento, a subvenciones, a deducciones fiscales, a orientación e integración laboral, al ingreso en centros especializados, etc.

Ante esta situación, y con el fin de evitar este perjuicio, la Consejería de Derechos Sociales acuerda prorrogar de oficio de los plazos de vencimiento de las revisiones del grado de discapacidad y las tarjetas de discapacidad de estacionamiento por el periodo de un año.

La presente Orden constituye, a su vez, la renovación de la Orden línea publicada en el BOC de 12 de mayo de 2020 con este mismo fin, ante la continuidad de las circunstancias que motivaron la misma.

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