27/04/2024

El Consejo de Gobierno autoriza anticipar el 100% de las ayudas destinadas a las agencias de viajes
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Esta medida posibilita que las entidades beneficiarias hagan frente de forma inmediata a sus gastos de explotación

El Consejo de Gobierno ha autorizado excepcionar de lo previsto en el artículo 124.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía las subvenciones que, como medidas de apoyo urgente, se destinan a las agencias de viajes para atender a sus necesidades de capital circulante, en el marco de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

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A través del Decreto-ley 5/2021 por el que se adoptan medidas económicas urgentes por la situación generada por el Covid-19 para el sector de las agencias de viajes, para la reactivación de actos culturales promovidos por agrupaciones, consejos, federaciones, uniones u otras entidades de análoga naturaleza que integren hermandades y cofradías de Andalucía en 2021, para el mantenimiento de la actividad de los sectores del comercio minorista y de la hostelería y se modifican otras disposiciones, se convocaron y concedieron ayudas a las agencias de viajes por un importe fijo de 3.000 euros para atender a estas necesidades de capital circulante.

No obstante, ante el prolongado periodo de inactividad al que ha sido sometido el sector y de las diferentes medidas adoptadas para contenerlo, las empresas turísticas aún no se han recuperado del impacto económico negativo, por lo que resulta necesario un mayor esfuerzo para ayudar a sostener la continuidad de la actividad, evitando el cese definitivo de los negocios y, por tanto, la destrucción de empleo.

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En el caso de las agencias de viajes se ha constatado que es preciso tener en cuenta criterios diferenciadores que suponen un mayor coste y por tanto mayor dificultad para el mantenimiento del negocio, siendo una de las actividades más castigadas por la pandemia, por lo que es necesario considerar el número de trabajadores contratados por cuenta ajena como condicionante de las necesidades de financiación que presentan. De ahí que en 2022 se aprobaran unas nuevas ayudas a favor de las agencias de viajes de importe variable en función del número de trabajadores por cuenta ajena de que dispongan, ayudas que deben ser igualmente satisfechas con la mayor celeridad, anticipándose el 100% sin necesidad de justificación previa, con prestación de garantía.

Estas ayudas dirigidas a financiar el capital circulante o de explotación de las pymes de las agencias de viajes siguen siendo apremiantes ante la necesidad de poner a disposición de las agencias de viajes los fondos que les faciliten atender a los gastos de explotación que desde entonces han tenido que soportar, gastos a los que están atendiendo con grandes dificultades debido a la reducción en su volumen de negocios.

El anticipo del 100% en las ayudas a agencias de viajes, posibilita y agiliza la elegibilidad y certificación del gasto e igualmente hace posible que el importe de las subvenciones concedidas sea abonado de forma inmediata a las entidades beneficiarias, acuciadas por la urgente necesidad de hacer frente a sus diversos gastos de explotación y por la falta de recursos para hacer frente a los mismos.

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