20/04/2024

De Startups y nómadas digitales
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Una de las proyecciones más importantes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, aprobado en junio de 2021, con 69.500 millones de euros en transferencias directas, que se podrán ampliar hasta más de 140.000 en créditos, si fuera necesario, hasta 2026, ha sido la correspondiente a la Componente 13, impulso a la PYME, dentro de la política Palanca V, Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora. Sobre la base de esta Componente 13, se han aprobado el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, de 27 de diciembre de 2021, y el Proyecto de Ley de creación y crecimiento de empresas, de 27 de junio de 2022, cuyo artículo 6 modifica la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado para promover que cada autoridad competente en España se asegure de que cualquier medida, límite o requisito que adopte o mantenga en vigor no tenga como efecto la creación o el mantenimiento de un obstáculo o barrera a la unidad de mercado.

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Ambos proyectos de Ley, que previsiblemente saldrán adelante en 2023, se enfocan en dos fenómenos relativamente novedosos en nuestros mercados, las empresas emergentes, o startups, y los trabajadores, autónomos o asalariados, deslocalizados, esto es, los denominados nómadas digitales. Estas figuras tienen un difícil encaje con los marcos normativos tradicionales en el ámbito fiscal, mercantil, civil y laboral. Ello justifica un tratamiento diferenciado respecto a empresas con modelos de negocio convencionales. Por esta razón, la competencia por la atracción de inversión y talento en la nueva economía digital ha llevado a distintos programas de fomento de las startups en los países de nuestro entorno, que suelen incorporar tres elementos principales, beneficios fiscales para los emprendedores, trabajadores e inversores, reducción de trabas administrativas y facilitación de visados y flexibilidad en la gestión de la empresa y en la aplicación de los principios mercantiles y concursales.

España es uno de los países occidentales que presenta mejores activos para la atracción de profesionales altamente cualificados que desarrollan su actividad, por cuenta propia o ajena, mediante herramientas electrónicas. Es el primer país en despliegue de fibra óptica dentro de la Unión Europea, posee una benigna climatología, su forma de vida, la seguridad ciudadana, la cultura o la gastronomía, las excelentes universidades y la existencia de un creciente número de clusters de investigación y desarrollo tecnológico y de industrias creativas, constituyen un atractivo indudable para la proliferación de este tipo de profesionales.

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La atracción de este tipo de perfiles tiene efectos positivos en su nuevo lugar de residencia. El más obvio es el económico: se trata de profesionales altamente cualificados cuyos ingresos procedentes del exterior se destinan a vivir en el entorno de su elección. Contribuyen a activar el consumo, con el consiguiente impacto sobre la economía local. Las medidas aprobadas reducen significativamente los obstáculos detectados a la creación y crecimiento de estas empresas de tipo legislativo, referidos fundamentalmente a las cargas fiscales y sociales, a las exigencias del derecho mercantil y a los trámites burocráticos.

Sin embargo son múltiples los problemas de gestión cotidiana de su régimen jurídico-económico que presentan tanto las startups como los nómadas digitales. Estos proyectos de Ley pretenden, por lo que se refiere a las empresas emergentes, suavizar la tributación inicial reduciendo el tipo del impuesto de sociedades del actual 25% al 15%, durante un máximo de cuatro años, siempre que la empresa mantenga la condición de empresa emergente. Además, se extiende a todas ellas el aplazamiento del pago de las deudas tributarias durante los dos primeros años de actividad. Además, con la finalidad de atraer el talento y dotar de una política retributiva adecuada a la situación y necesidades de este tipo de empresas, se mejora la fiscalidad de las fórmulas retributivas basadas en la entrega de acciones o participaciones a los empleados de las mismas, stock options. Así, se eleva el importe de la exención de los 12.000 a los 50.000 euros anuales en el caso de entrega de acciones o participaciones a los empleados de empresas emergentes, exención aplicable igualmente cuando dicha entrega sea consecuencia del ejercicio de opciones de compra previamente concedidas a aquellos.

Por lo que se refiere a los nómadas digitales, personas cuyos empleos les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia frecuentemente, compatibilizando el trabajo de alta cualificación con el turismo inmersivo en el país de residencia, se crea una nueva categoría de visado y de autorización de residencia. El visado para el teletrabajo de carácter internacional, permite entrar y residir en España durante un máximo de un año mientras que sus titulares trabajan para sí mismos o para empleadores en cualquier lugar del mundo. Además, la autorización de residencia para el teletrabajo internacional permite a los extranjeros que ya se hallan de forma regular en España, por ejemplo, aquellos que están estudiando en España o los siendo titulares de un visado de teletrabajo vayan a agotar dicho año de residencia y quieren continuar en España, solicitar una autorización por un periodo máximo de tres años, renovable por un periodo de dos años, pudiendo obtener la residencia permanente a los cinco años. Este supuesto se añade a los previstos en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Se regula, igualmente, la posibilidad de trasladarse con la familia, bien desde el momento inicial o bien en algún momento posterior, lo que constituye un factor determinante para efectuar el traslado de residencia. Además, con el objetivo de atraer y retener talento, en un mundo globalizado como el actual, se amplía la vigencia de las autorizaciones de residencia de dos a tres años previstas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Quedan por perfilar aspectos relativos a su tributación de IRPF y protección social dentro del sistema español de Seguridad Social, aspectos estos en los que se sigue trabajando a nivel europeo.

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