21/05/2025

Compliance y tradición: la necesidad de una cultura de cumplimiento en la economía festiva andaluza
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Andalucía es una tierra de profundas tradiciones, en la que la Semana Santa, las ferias, los festivales, la moda flamenca, la artesanía o los espectáculos taurinos no son meros elementos […]

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Andalucía es una tierra de profundas tradiciones, en la que la Semana Santa, las ferias, los festivales, la moda flamenca, la artesanía o los espectáculos taurinos no son meros elementos culturales, sino verdaderos motores económicos que generan actividad empresarial, empleo y riqueza. No obstante, en el entorno actual, caracterizado por una creciente exigencia normativa, judicial y social, cualquier empresario que participe en este ecosistema debe asumir que la implantación de sistemas de compliance ya no es una opción, sino una necesidad.

Una economía dinámica con riesgos complejos

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La Semana Santa de Sevilla, por citar uno de los máximos exponentes, genera cada año cientos de millones de euros de impacto económico directo e indirecto. La producción de túnicas, bordados, instrumentos musicales, pasos, velas, flores, seguridad privada, hostelería, turismo, alquiler de sillas, retransmisiones audiovisuales, publicidad, confección, transporte… Todos estos sectores confluyen en un engranaje de enorme complejidad, en el que muchas veces se actúa desde la costumbre y la confianza, sin estructuras empresariales profesionalizadas ni mecanismos de control interno.

Lo mismo ocurre con la Feria de Abril, donde la contratación de camareros, artistas, empresas de montaje de casetas, catering, alquileres, seguros y transporte de animales o elementos decorativos, se hace en ocasiones sin planificación jurídica adecuada. Y es precisamente en este tipo de contextos donde pueden surgir riesgos penales, laborales, fiscales o reputacionales de gran calado.

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¿Cuáles son los principales riesgos?

  1. Contratación irregular y fraude a la Seguridad Social: Uno de los riesgos más frecuentes en actividades vinculadas a ferias y festividades es la contratación de personal eventual sin alta en la Seguridad Social o mediante facturación simulada. Cualquier inspección puede derivar en sanciones administrativas muy elevadas y, en algunos casos, incluso en delitos contra los derechos de los trabajadores.
  2. Infracciones en materia de seguridad e higiene: Montajes de casetas sin licencia, incumplimientos de normativas sobre prevención de incendios o sobre seguridad en eventos con gran afluencia de público pueden conllevar responsabilidades penales para los organizadores. En Semana Santa, por ejemplo, la instalación de palcos o sillas sin asegurar adecuadamente la vía pública podría dar lugar a lesiones con graves consecuencias jurídicas.
  3. Riesgos fiscales y blanqueo de capitales: La economía en efectivo, que aún tiene un peso significativo en muchas transacciones durante ferias y eventos, puede derivar en delitos de blanqueo de capitales o fraude fiscal. La falta de trazabilidad en los pagos y cobros, así como el uso de testaferros o sociedades sin actividad real, constituyen prácticas especialmente vigiladas por Hacienda y por la jurisdicción penal económica.
  4. Propiedad intelectual e industrial: El uso no autorizado de marcas registradas, la reproducción no autorizada de música en casetas, o la comercialización de productos artesanales copiados de otras creaciones protegidas, pueden suponer demandas y sanciones importantes. En el ámbito de la moda flamenca, por ejemplo, es frecuente el plagio de diseños por parte de talleres que no respetan los derechos de autor de las diseñadoras originales.
  5. Delitos contra el medio ambiente y maltrato animal: En espectáculos taurinos o actividades ecuestres mal gestionadas, o incluso en la suelta de animales en romerías sin control veterinario, pueden surgir situaciones que deriven en investigaciones penales por infracción de normativas medioambientales o de protección animal.
  6. Reputación y responsabilidad penal corporativa: El artículo 31 bis del Código Penal establece la posibilidad de que las empresas sean condenadas penalmente por los delitos cometidos en su seno si no cuentan con un modelo de organización y gestión eficaz para prevenirlos. Así, una empresa que colabore en la Semana Santa o en una feria sin un sistema de compliance puede ver afectado su prestigio y ser condenada a multas, inhabilitaciones o incluso disolución.

Casos hipotéticos que sirven como ejemplos gráficos

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A efectos meramente ilustrativos, se presentan a continuación escenarios ficticios que, sin corresponder a hechos reales, ayudan a comprender las consecuencias jurídicas que podrían derivarse en caso de ausencia de programas de cumplimiento normativo en el ámbito de nuestras tradiciones:

  • Caso 1: Contratación irregular en Feria. Una empresa dedicada al montaje de casetas para la Feria de Abril contrata a veinte trabajadores eventuales, algunos de ellos menores de edad, sin darlos de alta en la Seguridad Social. Durante una inspección, se descubre la irregularidad y se inicia un procedimiento penal por delito contra los derechos de los trabajadores, con responsabilidad subsidiaria para la empresa contratante.
  • Caso 2: Incendio en caseta por falta de medidas de seguridad. Una caseta de feria instalada sin cumplir la normativa de prevención de incendios sufre un cortocircuito que provoca un incendio con varios heridos. La empresa de montaje y los organizadores del evento son investigados penalmente por imprudencia grave con resultado de lesiones, y se pone en entredicho su continuidad empresarial.
  • Caso 3: Plagio de diseño en moda flamenca. Una diseñadora presenta una colección de trajes de flamenca, pero descubre que una firma emergente ha copiado su diseño y lo comercializa como propio sin autorización. Inicia acciones judiciales por infracción de los derechos de propiedad intelectual, que concluyen con indemnizaciones y medidas cautelares contra la empresa infractora.
  • Caso 4: Heridos y fallecidos por fallo estructural en los palcos. Durante la Semana Santa, el derrumbe parcial de una estructura de palcos mal anclada provoca varios heridos de gravedad y, lamentablemente, dos fallecidos. La investigación revela que la empresa encargada del montaje no cumplía con los requisitos técnicos exigidos ni contaba con certificación técnica actualizada. Se inicia procedimiento penal por homicidio imprudente y se exige responsabilidad civil y penal tanto a la empresa como a la entidad adjudicataria por omisión de controles de calidad y seguridad
  • Caso 5: Música en casetas sin licencia. Una empresa de eventos instala equipos de sonido en varias casetas, emitiendo música comercial sin contar con las licencias necesarias de la SGAE. Una denuncia anónima da lugar a la intervención inspectora y a una demanda civil por vulneración de derechos de autor.

Estos casos hipotéticos, aunque imaginarios, están inspirados en situaciones plausibles que podrían suceder en la realidad, y tienen como único fin servir de herramienta pedagógica para ilustrar los riesgos reales que enfrentan los actores económicos vinculados a nuestras tradiciones.

El compliance como escudo y ventaja competitiva

Implantar un programa de compliance no solo reduce el riesgo de sanciones, sino que ofrece una ventaja competitiva frente a quienes siguen actuando sin rigor. La existencia de protocolos de contratación, formación en derechos laborales, mecanismos de denuncia interna, controles fiscales, cumplimiento medioambiental y análisis de riesgos reputacionales, convierte a la empresa en un actor profesional, fiable y alineado con los valores éticos que la sociedad actual demanda.

Desde Claver & Egler Abogados y Mediadores, como único despacho del mundo con las dos certificaciones internacionales más prestigiosas en materia de compliance, hemos acompañado a empresas del sector cultural, artístico y festivo en su transición hacia modelos jurídicamente seguros, sin renunciar a su esencia tradicional. El compliance no es un corsé, sino un escudo que protege y una brújula que orienta.

Una llamada a la responsabilidad

Es momento de que los empresarios del ecosistema cultural andaluz —desde bordadores y costureras hasta empresarios de casetas, feriantes, diseñadores y proveedores de servicios— tomen conciencia de que el cumplimiento normativo es parte imprescindible de la sostenibilidad de su negocio. Las tradiciones no están reñidas con la legalidad, y proteger nuestro patrimonio festivo exige también proteger a las empresas que lo hacen posible.

En definitiva, una Semana Santa segura, una feria profesionalizada o un festival bien organizado, deben apoyarse no solo en la devoción y la alegría, sino también en el cumplimiento riguroso de la ley. Solo así podremos asegurar que nuestras tradiciones sigan generando riqueza sin convertirse en fuentes de conflicto, y que Andalucía continúe siendo referente no solo en cultura, sino también en cumplimiento y excelencia empresarial.

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